Socias/os

Podrán ingresar en la Asociación todas aquellas personas mayores de 18 años con capacidad de obrar que así lo soliciten expresamente y según lo que estipulen los Estatutos y el presente Reglamento.

Tipos de socias y socios

Tal y como establecen los Estatutos de la Asociación, se establecen tres clases de socias y socios:
a) Fundadoras: personas que han participado en el acto de constitución de la Asociación.
b) De número: socias y socios que ingresen después de la constitución de la Asociación y cumplan los Estatutos.
c) De honor: personas que por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación, se hagan acreedoras de tal distinción. El nombramiento de las socias/os de honor corresponderá a la Asamblea General.
d) Simpatizantes (ver más adelante)

Ingreso en la asociación

Las personas que quieran ingresar como socias o como simpatizantes deberán rellenar con sus datos personales un cuestionario que se les proporcionará, bien de forma telemática bien en papel. La secretaria tramitará las solicitudes e incluirá de oficio a las nuevas personas asociadas en el Libro de registro de socias y socios.
Para ejercer con pleno derecho su condición de socia/o se tendrá que estar al día del pago de la cuota correspondiente.
Artículo 8. Comunicación de las altas y bajas.
El Consejo de Representación presentará de forma anual un informe a la Asamblea con el número de altas y bajas que se hayan producido durante ese período.

La figura del simpatizante

Se ha creado la figura del simpatizante para las personas que hayan decidido participar en la Asociación pero sin pagar la cuota. Se inscriben según el procedimiento establecido para el ingreso en la asociación y podrán recibir información continua y actualizada de las actividades de la Asociación y podrán participar activamente en estas.
Las personas inscritas como simpatizantes podrán asistir a la Asamblea General con voz, pero sin derecho a voto.

Derechos de las socias/os

Los derechos quedan establecidos en los Estatutos de esta manera:
Las socios/as de número y fundadoras tendrán los siguientes derechos:
a) Tomar parte en cuantas actividades organice la Asociación “Feministas de Pueblo” en cumplimiento de sus fines.
b) Disfrutar de todas las ventajas y beneficios que la Asociación pueda obtener.
c) Participar en las Asambleas con voz y voto.
d) Disfrutar del derecho al sufragio activo y pasivo
e) Recibir información sobre los acuerdos adoptados por los órganos de la Asociación.
f) Hacer sugerencias a los miembros del Consejo a fin de mejorar el cumplimiento de los fines de la Asociación.

Obligaciones de las socias/os

Las obligaciones quedan establecidas en los Estatutos de la siguiente manera: Las socias fundadoras y de número tendrán las siguientes obligaciones:
a) Cumplir los Estatutos, el presente Reglamento y los acuerdos válidos de las Asambleas y del Consejo.
b) Abonar las cuotas que se fijen en la Asamblea General.
c) Asistir al menos al 70% de las Asambleas Ordinarias que se convoquen y demás actos que se organicen.
d) Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo o puesto que ocupen.

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